Intervención en las Actividades Financiera y Aseguradora
La intervención del gobierno nacional a las actividades financieras, aseguradoras y demás actividades se hace teniendo en cuenta los siguientes objetivos y criterios:
- Que estén acordes al interés publico
- Que las funciones de dichas entidades se encaminen a los interés de los usuarios
- Que dichas entidades tengan el suficiente patrimonio para respaldar cualquier inversión o actividad
- Que las actividades de captación se hagan con total seguridad y transparencia
- que halla libre competencia entre entidades
- Democratizar el crédito y evitar concentraciones de riesgo
- Promover las entidades de economía solidaria
- Tendrá las entidades un sistema regulatorio donde se promueve la libre competencia.
- Autorizar operaciones que cumplan con los objetivos mencionados en correspondiente a las entidades intervenidas
- Fijar plazos, montos y clases de las operaciones a realizar
- Establecer normas que regulen el patrimonio de las entidades intervenidas
- Prohibir o limitar el otorgamiento de avales por razones de seguridad
- Determinar régimen, solvencia y patrimonio mínimos conforme a el sistema regulador
- Dictar normas que garanticen las operaciones autorizadas
- Determinar las relaciones patrimoniales con el fin de evitar el deterioro financiero de estas entidades hacia el sistema nacional
En algunas ocasiones, el gobierno nacional podrá determinar montos mínimos de inversión y préstamo para algunas empresas o sectores económicos, señalando condiciones en dichas negociación, además tendrá la facultad de apoyar sectores sociales como la vivienda social y sectores definidos como prioritarios en el plan de desarrollo.
El Gobierno Nacional también tiene limites, tales como que no se le permite la molificación del sistema financiero, ni constitución para el cierre o clausura de algunos establecimientos, en fin de beneficios extra conceptuales
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